Considerando la naturaleza del Fondo de Apoyo Empresarial a la micro y pequeña empresa del sector turismo (FAE- Turismo) y del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE – AGRO).
Estos son creados por el Poder Ejecutivo para apoyar a las micro y pequeñas empresas (MYPE) del sector turismo y a los pequeños productores agrarios, respectivamente, afectados por la emergencia sanitaria nacional.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha flexibilizado el tratamiento prudencial de los créditos que se otorguen en el marco de dichos programas.
Esto contribuirá a que las entidades del sistema financiero ofrezcan condiciones más competitivas.
FAE-AGRO
El FAE – AGRO tiene por objetivo garantizar los créditos para capital de trabajo de los pequeños productores agropecuarios que realicen la actividad de agricultura familiar.
Según Ley N° 30355 – Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, a fin de asegurar la campaña agrícola de cultivos transitorios y permanentes y la promoción de la actividad pecuaria.
Con ello, asegurar el normal abastecimiento de alimentos a nivel nacional.
Durante el año fiscal, se ha autorizado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a otorgar la garantía del Gobierno Nacional a las carteras de créditos que cumplan con las condiciones y requisitos para acceder a este programa hasta por la suma de S/ 2,000 millones.
En el caso de FAE – AGRO, se establece que, a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura dicho programa, se aplicará una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0%, de igual manera que a los créditos garantizados en el marco del programa Reactiva Perú (Resoluciones SBS N° 1314-2020 y N° 1546-2020 y del Oficio Múltiple N° 11999-2020).
Además, se establece que el total de las coberturas que otorgue el Gobierno Nacional a través del FAE-AGRO, de manera similar al programa Reactiva-Perú, no se encuentran sujetas a límites de concentración crediticia.
De otro lado, la Resolución también modifica el Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero (Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias), a fin de incorporar las cuentas contables para el adecuado registro contable de las operaciones realizadas en el marco de los indicados programas.