El miércoles 27 de septiembre, se anunció en el diario El Peruano la promulgación de una norma cuyo propósito es que todos los productos alimenticios que no contengan gluten estén identificados con el símbolo internacional de la espiga barrada. Esta medida busca que los consumidores, especialmente aquellos que sufren de celiaquía, intolerancia o alergia al gluten, puedan tomar decisiones informadas al elegir sus alimentos. Aquí en la siguiente nota de Agropress te brindamos información más detallada.
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¿De qué trata esta norma?
La Ley 31881 señala que para que los alimentos se etiqueten como ‘libre de gluten’ o ‘sin gluten’ deben cumplir con las condiciones que se fijarán en el reglamento. Asimismo, los fabricantes deben contar con un programa de buenas prácticas de fabricación, establecida por la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa).
El Ministerio de Salud (Minsa) permitirá que los envases, recipientes, envoltorios o etiquetas de los productos libres de gluten incluyan el símbolo de una espiga barrada dentro de un círculo, de acuerdo a las especificaciones establecidas en el reglamento. Esto se realizará sin afectar la posibilidad de que el ministerio realice inspecciones y análisis en cualquier momento, sin requerir previo aviso.
Indecopi se pronunció sobre nueva norma
En cuanto a la publicidad, la autoridad encargada del cumplimiento de lo establecido es la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y las respectivas comisiones de las oficinas regionales en las que se hubieran desconcentrado sus funciones, aplicando para el efecto lo establecido en el Decreto Legislativo 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal.